La AFIP restringe su atención al público a raíz del brote de Influenza A (H1N1)

Como medida preventiva frente al brote de Influenza A (H1N1) la AFIP a través de una resolución general que se publicará próximamente en el Boletín Oficial ha dispuesto limitar durante el período comprendido entre el 6/7/2009 y el 17/7/2009  la concurrencia de público a las distintas dependencias de la DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA a la realización de aquellos trámites que resulten estrictamente imprescindibles o cuya demora pueda ocasionar perjuicios tangibles a los contribuyentes.

 Los únicos trámites que se atenderán en la AFIP serán los siguientes:

1.  Solicitud de CUIT, CUIL

2.  Solicitud y blanqueo de Clave Fiscal

3.  Modificación y confirmación de domicilio. Presentación de constancias

4.  Levantamientos de embargos y medidas cautelares

5.  Registración de Contratos – RG 2596

6.  Disconformidades y recursos

7.  Certificaciones de no retención y/o exclusión

8.  Certificado de Transferencia de Inmuebles

9.  Certificaciones fiscales para contratar

10  Certificado de capacidad económica para discapacitados

11  Efectivización y levantamiento de clausuras

12  Recepción Formularios 381- Automotores

13  Anulación de Planes Ley 26476

14 Altas y Bajas de Controlador Fiscal

15 Otros trámites que resulten de atención perentoria, a criterio del responsable del área involucrada

 Destacamos que se ha dispuesto que las audiencias y descargos previstos para el citado período serán suspendidos y reprogramados tras su caducidad.

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