Como medida preventiva frente al brote de Influenza A (H1N1) la AFIP a través de una resolución general que se publicará próximamente en el Boletín Oficial ha dispuesto limitar durante el período comprendido entre el 6/7/2009 y el 17/7/2009 la concurrencia de público a las distintas dependencias de la DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA a la realización de aquellos trámites que resulten estrictamente imprescindibles o cuya demora pueda ocasionar perjuicios tangibles a los contribuyentes. Los únicos trámites que se atenderán en la AFIP serán los siguientes: 1. Solicitud de CUIT, CUIL 2. Solicitud y blanqueo de Clave Fiscal 3. Modificación y confirmación de domicilio. Presentación de constancias 4. Levantamientos de embargos y medidas cautelares 5. Registración de Contratos RG 2596 6. Disconformidades y recursos 7. Certificaciones de no retención y/o exclusión 8. Certificado de Transferencia de Inmuebles 9. Certificaciones fiscales para contratar 10 Certificado de capacidad económica para discapacitados 11 Efectivización y levantamiento de clausuras 12 Recepción Formularios 381- Automotores 13 Anulación de Planes Ley 26476 14 Altas y Bajas de Controlador Fiscal 15 Otros trámites que resulten de atención perentoria, a criterio del responsable del área involucrada Destacamos que se ha dispuesto que las audiencias y descargos previstos para el citado período serán suspendidos y reprogramados tras su caducidad.
La AFIP restringe su atención al público a raíz del brote de Influenza A (H1N1)