Se crea el registro de potenciales beneficiarios del programa de fomento financiero para jóvenes emprendedores.
El programa de fomento financiero prevé que las "empresas madrinas" que concedan financiamiento a los jóvenes emprendedores reciban un bono de Crédito fiscal equivalente al 50% del financiamiento otorgado, el que no podrá ser superior al 5% del monto total de los tributos declarados por aquella.
El bono de crédito fiscal permitirá deducir en hasta un 100% las pagos por cancelación de saldos de declaraciones juradas mensuales y/o anuales, anticipos y/o pagos a cuenta de la empresa madrina de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta e impuesto al valor agregado.
Señalamos que se faculta al Ministerio de Producción como autoridad de aplicación del régimen y la AFIP para dictar las normas complementarias y aclaratorias necesarias para la aplicación del presente régimen.
El programa de fomento financiero prevé que las "empresas madrinas" que concedan financiamiento a los jóvenes emprendedores reciban un bono de Crédito fiscal equivalente al 50% del financiamiento otorgado, el que no podrá ser superior al 5% del monto total de los tributos declarados por aquella.
El bono de crédito fiscal permitirá deducir en hasta un 100% las pagos por cancelación de saldos de declaraciones juradas mensuales y/o anuales, anticipos y/o pagos a cuenta de la empresa madrina de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta e impuesto al valor agregado.
Señalamos que se faculta al Ministerio de Producción como autoridad de aplicación del régimen y la AFIP para dictar las normas complementarias y aclaratorias necesarias para la aplicación del presente régimen.