Blanqueo y moratoria. Procedimiento alternativo para el pago.

La AFIP ha habilitado, con carácter de excepción, un procedimiento alternativo para el pago del anticipo correspondiente a los Títulos I y II y el Pago Único del Título III de la Ley 26.476, pudiendo realizarse en cualquier entidad bancaria. Para ello deberá utilizar el Formulario 799/E, completando el siguiente Impuesto/Concepto/Subconcepto: 115/041/041. (Excepto Banco de Galicia, en dicho caso deberá utilizar: 127/041/041).
Luego deberá presentarse en la caja de los bancos habilitados, hasta la fecha de vencimiento del VEP y abonar el importe exacto consignado en el VEP generado.

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